¿QUÉ ES LA CÁTEDRA DE LA PAZ?
EDUCACIÒN ÈTICA Y CÁTEDRA PARA LA PAZ
Área: Educación Ética y Valores Humanos.
Docente: Flor Elvira Pardo Achicué
Contexto
La cátedra para la paz, es implementada por el Ministerio de Educación
Nacional, según la ley 1732 del 1°de septiembre de 2014 y el decreto 1038 del
25 de mayo de 2015, por el cual se reglamenta
dicha cátedra, en las instituciones educativas públicas y privadas de
Colombia. El desarrollo de dicha asignatura se ciñe a un pénsum
académico el cual debe ser adaptado de manera flexible de acuerdo a las
circunstancias académicas, de tiempo, lugar y modo pertinentes.
Es por ello, que asumiendo el deber ético
y moral que tenemos como educadores con la sociedad colombiana, continuamos
promulgando la cultura de la paz desde los claustros educativos de la I E T
Ntra. Sra. Del Rosario Municipio de Sativanorte Boyacá, teniendo en cuenta que “la paz es un derecho y un deber de obligatorio
cumplimiento” según el artículo 22 de la Constitución Política de Colombia. Así
mismo de acuerdo con el artículo 14, de la
Ley 115 de 1994, dentro de la enseñanza obligatoria en los
establecimientos oficiales y privados se impartirá: "La educación
para la justicia, la paz, la democracia, la
solidaridad, la confraternidad,
el cooperativismo y, la formación en los
valores humanos" (literal d).
El Artículo 2. De la cátedra de la paz,
menciona el fin principal para lo que fue creada, que es fomentar el proceso de
apropiación conocimientos y competencias relacionados con territorio, la cultura, el contexto económico y social y la memoria histórica, con propósito de reconstruir el tejido social,
promover la prosperidad general y
garantizar la efectividad los
principios y derechos consagrados en la Constitución. Serán objetivos
fundamentales de la Cátedra, contribuir
al aprendizaje, la reflexión y al diálogo sobre los siguientes temas:
a) Cultura de la paz: se
entiende como el sentido y vivencia de los valores ciudadanos, los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario, la participación democrática, prevención de la violencia y la resolución
pacífica de los conflictos.
b) Educación para la paz, se entiende como la apropiación
conocimientos y competencias ciudadanas para la convivencia pacífica, la participación democrática, la construcción de
equidad, respeto por la
pluralidad, los Derechos Humanos
y Derecho Internacional Humanitario.
c) Desarrollo sostenible: se
entiende como aquel que conduce al
crecimiento económico, la elevación de
calidad de la vida y al bienestar social, sin agotar la base recursos
naturales renovables en que se sustenta, ni deteriorar el ambiente o el derecho
de las generaciones futuras a utilizarlo para satisfacción de sus propias necesidades, de
acuerdo con el artículo 3 de la Ley 99 de 1993.
En nuestra Institución Educativa, la
asignatura “Cátedra de la paz” queda
adscrita en el área fundamental: Educación Ética y Valores Humanos (Artículo 23
de la Ley 115 de 1994).
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